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domingo, 8 de enero de 2017

Piden al ayuntamiento de Barcelona que se querelle por los crímenes del franquismo


Por: Javier Coria y CeAQUA.

Dieciséis organizaciones reclaman que se juzguen los crímenes franquistas cometidos en Barcelona.

Piden al Ayuntamiento de Barcelona que interponga una querella criminal para que se investigue, juzgue y condene a los responsables directos e indirectos. Los firmantes alegan que la Ley de Amnistía transgrede los pactos internacionales y no debe impedir la investigación de los crímenes contra la humanidad.

“No queremos que la impunidad de la dictadura sea una característica del sistema democrático”.

Dieciséis organizaciones políticas, sociales y de defensa de los derechos humanos han presentado al Ayuntamiento de Barcelona un escrito de petición para que el Pleno de la corporación interponga una querella criminal ante los Juzgados de Instrucción de la ciudad de Barcelona “a efectos de que, por parte de los mismos, se investiguen los crímenes contra la humanidad cometidos por la dictadura franquista que afectaron a los ciudadanos y ciudadanas de nuestra localidad, se determinen las circunstancias en las que se perpetraron, quiénes fueron los responsables directos e indirectos y, si es pertinente, que se proceda a su imputación, procesamiento, juicio y condena”.

Los firmantes del escrito son Enric Garriga de AMICAL DE MAUTHAUSEN I ALTRES CAMPS; Enric Pubill de la ASSOCIACIÓ CATALANA D’EXPRESOS POLÍTICS DEL FRANQUISME; Oriol López de la ASSOCIACIÓ CONÈIXER HISTÒRIA; Pere Fortuny de la ASSOCIACIÓ PRO-MEMÒRIA ALS IMMOLATS PER LA LLIBERTAT A CATALUNYA; Rosa Sans de COMISSIONS OBRERES DE CATALUNYA; Carlos Navarro de la CONFEDERACIÓ GENERAL DEL TREBALL BARCELONA; Aurelia Quinto de la FUNDACIÓ ANDREU NIN; Emili Cortavitarte de la FUNDACIÓ SALVADOR SEGUÍ – CATALUNYA; Pau Miserachs del GRUP D’ESTUDIS POLÍTICS; David Bondia del INSTITUT DE DRETS HUMANS DE CATALUNYA; Anna Arqué de la INTERNATIONAL COMMISSION OF EUROPEAN CITIZENS; Mariana Huidobro del IRÍDIA, CENTRE PER LA DEFENSA DELS DRETS HUMANS; Francesc Tubau de LA COMUNA, PRESXS DEL FRANQUISMO; Carles Vallejo del MEMORIAL DEMOCRÂTIC DE TREBALLADORS I TREBALLADORES DE SEAT; Irene Escorihuela del OBSERVATORI DESC; y Adelina Ruiz de SOS BEBÉS ROBADOS CATALUNYA.

EJECUCIONES EN CATALUÑA Y UNA REPRESIÓN IMPLACABLE

Las organizaciones firmantes actúan bajo el impulso de la Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina que investiga los crímenes cometidos por el régimen franquista. El escrito cifra en cerca de 4.000 las ejecuciones sumarias y unas mil irregulares en Cataluña, 1.717 de las cuales tuvieron lugar en Barcelona, y según datos del Tribunal Militar Territorial Tercero hay 111.261 procedimientos judiciales posteriores a 1939 que afectaban a 147.176 personas, hechos que consideran “una represión implacable que vulneró sistemáticamente los derechos humanos: ejecuciones, torturas, encarcelamientos, detenciones, robo de niños, etc. A partir del 26 de enero de 1939, fecha en que las tropas de ocupación entraron en Barcelona, se estableció un régimen de terror en la ciudad en el que se persiguieron todos los movimientos sociales y políticos contrarios al Golpe de Estado: el republicanismo, el catalanismo, el anarquismo, el comunismo, etc.”.


Cuando se promulgó la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía, España ya había suscrito y ratificado el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Este convenio internacional, que convirtió en obligatorios los derechos recogidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, establece en su artículo 15.1 que nadie podrá ser condenado por sus actos u omisiones que no fueran delictivos en el momento de cometerse, según el derecho nacional e internacional y, en su art. 15.2, que nada impedirá el juicio y la condena por actos u omisiones que en el momento de cometerse fueran delictivos según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional. Se da la circunstancia de que en el momento de cometerse, los crímenes perpetrados por el régimen franquista estaban contemplados en la legislación de la República primero, y en la propia legislación de la dictadura después como delitos ordinarios, y en el derecho internacional como crímenes contra la humanidad. Es decir: “asesinato, exterminio, esclavitud, deportación y cualquier otro acto inhumano contra la población civil, o persecución por motivos religiosos, raciales o políticos…”, como establecen los principios de Nuremberg.

La demanda de estas organizaciones se fundamenta jurídicamente en los artículos 10 y 96 de la Constitución Española, el artículo 1.5 del Código Civil y los artículos 26 y 27 de la Convención de Viena sobre la obligación de los tratados como parte del ordenamiento jurídico interno.

Por tanto, las organizaciones firmantes consideran que “la ley de amnistía española no sólo transgrede de forma genérica los principios generales del derecho internacional, sino que vulnera pactos internacionales de obligado cumplimiento suscritos por España antes de que fuera dictada. Por todo ello, no puede impedir las acciones judiciales que tienden a la investigación de los crímenes cometidos por el franquismo”.

Recuerdan que “la administración de justicia española ha investigado crímenes contra la humanidad cometidos en diferentes lugares del mundo (…) y, por el contrario, se ha negado, hasta ahora, a investigar estos últimos mediante argumentos insostenibles que traicionan la clara doctrina que se ha establecido al respecto. Esto ha motivado que las víctimas hayan tenido que recurrir en defensa de sus derechos a instancias internacionales”.

Como conclusión, el escrito invoca como fundamental “que las instituciones públicas asuman como propia la tarea de sensibilización en esta materia, con un enfoque basado en los derechos humanos, y promuevan la acción de la justicia presentando querellas criminales ante los Juzgados de Instrucción de la ciudad de Barcelona”. Rematan el escrito con una frase contundente: “No queremos que la impunidad de la dictadura sea más una característica del sistema democrático”.

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