Por: Javier
Coria y CeAQUA.
Dieciséis organizaciones reclaman que
se juzguen los crímenes franquistas cometidos en Barcelona.
Piden
al Ayuntamiento de Barcelona que interponga una querella criminal para que se
investigue, juzgue y condene a los responsables directos e indirectos. Los firmantes alegan que la Ley de
Amnistía transgrede los pactos internacionales y no debe impedir la
investigación de los crímenes contra la humanidad.
“No queremos que la impunidad de la
dictadura sea una característica del sistema democrático”.
Dieciséis
organizaciones políticas, sociales y de defensa de los derechos humanos han
presentado al Ayuntamiento de Barcelona un escrito de petición para que el
Pleno de la corporación interponga una querella criminal ante los Juzgados de
Instrucción de la ciudad de Barcelona “a
efectos de que, por parte de los mismos, se investiguen los crímenes contra la
humanidad cometidos por la dictadura franquista que afectaron a los ciudadanos
y ciudadanas de nuestra localidad, se determinen las circunstancias en las que
se perpetraron, quiénes fueron los responsables directos e indirectos y, si es
pertinente, que se proceda a su imputación, procesamiento, juicio y condena”.
Los
firmantes del escrito son Enric Garriga
de AMICAL DE MAUTHAUSEN I ALTRES CAMPS; Enric
Pubill de la ASSOCIACIÓ CATALANA D’EXPRESOS POLÍTICS DEL FRANQUISME; Oriol López de la ASSOCIACIÓ CONÈIXER
HISTÒRIA; Pere Fortuny de la
ASSOCIACIÓ PRO-MEMÒRIA ALS IMMOLATS PER LA LLIBERTAT A CATALUNYA; Rosa Sans de COMISSIONS OBRERES DE
CATALUNYA; Carlos Navarro de la
CONFEDERACIÓ GENERAL DEL TREBALL BARCELONA; Aurelia Quinto de la FUNDACIÓ ANDREU NIN; Emili Cortavitarte de la FUNDACIÓ SALVADOR SEGUÍ – CATALUNYA; Pau Miserachs del GRUP D’ESTUDIS
POLÍTICS; David Bondia del INSTITUT
DE DRETS HUMANS DE CATALUNYA; Anna Arqué
de la INTERNATIONAL COMMISSION OF EUROPEAN CITIZENS; Mariana Huidobro del IRÍDIA, CENTRE PER LA DEFENSA DELS DRETS
HUMANS; Francesc Tubau de LA COMUNA,
PRESXS DEL FRANQUISMO; Carles Vallejo
del MEMORIAL DEMOCRÂTIC DE TREBALLADORS I TREBALLADORES DE SEAT; Irene Escorihuela del OBSERVATORI DESC;
y Adelina Ruiz de SOS BEBÉS ROBADOS
CATALUNYA.
EJECUCIONES EN CATALUÑA Y UNA
REPRESIÓN IMPLACABLE
Las
organizaciones firmantes actúan bajo el impulso de la Coordinadora Estatal de
Apoyo a la Querella Argentina que investiga los crímenes cometidos por el
régimen franquista. El escrito cifra en cerca de 4.000 las ejecuciones sumarias
y unas mil irregulares en Cataluña, 1.717 de las cuales tuvieron lugar en
Barcelona, y según datos del Tribunal Militar Territorial Tercero hay 111.261
procedimientos judiciales posteriores a 1939 que afectaban a 147.176 personas,
hechos que consideran “una represión implacable
que vulneró sistemáticamente los derechos humanos: ejecuciones, torturas,
encarcelamientos, detenciones, robo de niños, etc. A partir del 26 de enero de
1939, fecha en que las tropas de ocupación entraron en Barcelona, se estableció
un régimen de terror en la ciudad en el que se persiguieron todos los
movimientos sociales y políticos contrarios al Golpe de Estado: el
republicanismo, el catalanismo, el anarquismo, el comunismo, etc.”.
Cuando
se promulgó la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía, España ya había
suscrito y ratificado el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Este convenio internacional, que convirtió en obligatorios los derechos
recogidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, establece en su
artículo 15.1 que nadie podrá ser condenado por sus actos u omisiones que no
fueran delictivos en el momento de cometerse, según el derecho nacional e
internacional y, en su art. 15.2, que nada impedirá el juicio y la condena por
actos u omisiones que en el momento de cometerse fueran delictivos según los
principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional. Se
da la circunstancia de que en el momento de cometerse, los crímenes perpetrados
por el régimen franquista estaban contemplados en la legislación de la
República primero, y en la propia legislación de la dictadura después como
delitos ordinarios, y en el derecho internacional como crímenes contra la
humanidad. Es decir: “asesinato,
exterminio, esclavitud, deportación y cualquier otro acto inhumano contra la
población civil, o persecución por motivos religiosos, raciales o políticos…”,
como establecen los principios de Nuremberg.
La
demanda de estas organizaciones se fundamenta jurídicamente en los artículos 10
y 96 de la Constitución Española, el artículo 1.5 del Código Civil y los
artículos 26 y 27 de la Convención de Viena sobre la obligación de los tratados
como parte del ordenamiento jurídico interno.
Por
tanto, las organizaciones firmantes consideran que “la ley de amnistía española no sólo transgrede de forma genérica los
principios generales del derecho internacional, sino que vulnera pactos
internacionales de obligado cumplimiento suscritos por España antes de que fuera
dictada. Por todo ello, no puede impedir las acciones judiciales que tienden a
la investigación de los crímenes cometidos por el franquismo”.
Recuerdan
que “la administración de justicia
española ha investigado crímenes contra la humanidad cometidos en diferentes
lugares del mundo (…) y, por el contrario, se ha negado, hasta ahora, a
investigar estos últimos mediante argumentos insostenibles que traicionan la
clara doctrina que se ha establecido al respecto. Esto ha motivado que las
víctimas hayan tenido que recurrir en defensa de sus derechos a instancias
internacionales”.
Como
conclusión, el escrito invoca como fundamental “que las instituciones públicas asuman como propia la tarea de
sensibilización en esta materia, con un enfoque basado en los derechos humanos,
y promuevan la acción de la justicia presentando querellas criminales ante los
Juzgados de Instrucción de la ciudad de Barcelona”. Rematan el escrito con
una frase contundente: “No queremos que
la impunidad de la dictadura sea más una característica del sistema
democrático”.
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