Por: Javier Coria
Acusado de torturas en
la Querella Argentina contra los Crímenes del Franquismo, el excapitán de la
Guardia Civil Jesús Muñecas, al final no será extraditado a Argentina como
solicitaba la juez María Servini. La sección tercera de la sala de lo penal de
la Audiencia Nacional da por prescrito el delito. Las víctimas creen que pasará
lo mismo con el siniestro “Billy el niño”, al que en la misma causa se le
imputan 13 delitos de torturas.
TORTURA COMO MÉTODO
SISTEMÁTICO DE REPRESIÓN
Jesús Muñecas Aguilar fue condenado a cinco años –de los que
sólo cumplió tres- de prisión por su
participación en la intentona golpista del 23 de febrero de 1981, junto a su
amigo Antonio Tejero. Ha sido denunciado por ejercer y mandar ejercer torturas
a los detenidos antifranquistas en las comandancias de Tolosa y Zarautz
(Guipúzcoa). En el cuartel de la Guardia Civil de Zarautz se produjeron las
torturas a Andoni Arrizabalaga en 1968, donde el detenido pasó 22 días
incomunicado. Colgado por las piernas recibiendo golpes de siete agentes,
simulacros de ahogamiento metiéndole la cabeza en agua, uñas arrancadas y demás
técnicas criminales son lo que la Audiencia considera prescritos o que, como ni
denunciante ni acusados son argentinos, no hay razón para la extradición,
cuando saben sus señorías que, para vergüenza de la democracia española, la
única causa abierta contra los crímenes de lesa humanidad del franquismo se
está llevando en Argentina, ya que ni la judicatura, ni los diversos gobiernos
de nuestro país se han dignado en hacer nada al respecto.
¿QUÉ DICE EL AUTO QUE
RECHAZA LA EXTRADICIÓN?
Que se rechaza la extradición, no por negar que se hayan
producido los hechos que se le imputan por la juez argentina, sino por entender
que, al tratarse de delitos comunes u ordinarios, están prescritos ya que la
querella se presentó en Argentina en 2012, por ello niegan que este caso pueda
acogerse al Tratado de Extradición entre la República Argentina y el Reino de
España, además añaden que procede la denegación en razón de la nacionalidad
española del reclamado.
¿QUÉ DICEN LOS ABOGADOS
DE LOS QUERELLANTES?
Los letrados de la Coordinadora Estatal de Apoyo a la
Querella Argentina contra los Crímenes del Franquismo (CEAQUA), como quiera que
el auto de la Audiencia considera los delitos de torturas hechos aislados de
criminalidad común y, por lo tanto, según las leyes vigentes, el delito de
torturas se castiga con una pena máxima de seis años, y prescribe a los diez
años de cometido el delito, los letrados demandantes dicen:
“Como se ve, el Tribunal aprecia
que estamos ante delitos aislados y que, aparentemente, el torturador no tenía
relación con otros delincuentes. Ignora a sabiendas la notoriedad de la
verdad histórica y el preciso y detallado Auto de la jueza argentina que
contextualiza las torturas como parte de la comisión sistemática y generalizada
de múltiples delitos perpetrados desde las estructuras del Estado, señala a
quienes con Muñecas participaron en las torturas y cita extensamente dictámenes
concluyentes de organismos internacionales de derechos humanos sobre la
criminalidad masiva del franquismo.
En buen romance, la Sección 3ª
de la Sala de lo Penal sostiene que los destacados integrantes del franquismo
que, entre otros hechos delictivos, se dedicaban a torturar cruel y
cotidianamente a los adversarios de la dictadura no habrían cometido crímenes
contra la humanidad. El mensaje es, pues, que el franquismo no cometió crímenes
contra la humanidad. A esta altura del devenir histórico sólo quienes han
cometido los crímenes y sus cómplices, quienes los encubren y quienes con ellos
se solidarizan pueden efectuar semejante afirmación.
Ni siquiera el Tribunal Supremo
se atrevió a perpetrar tan evidente fraude de ley, a faltar tan groseramente a
la verdad, en su sentencia de 27 de febrero de 2012 en la que resolvió
que no se pueden investigar en España los crímenes del franquismo.
La única solución que
legalmente cabía al Tribunal era acceder a la extradición si estimaba
que, como producto de la doctrina contenida en esta última sentencia, no era posible
someter a juicio al torturador en España.
Lamentablemente, y en lugar de
ello, ha decidido proteger al malhechor y poner otra vez de manifiesto que la
justicia española ampara a los criminales franquistas no sólo internamente,
sino también ante la denuncia y la persecución internacional”.
González Pacheco –“Billy el Niño-
¿ABRIR UNA CAUSA EN
ESPAÑA?
Sigue vigente la orden internacional de detención librada
contra el torturador Muñecas, por lo que si abandonara el país podría ser
detenido y extraditado a Argentina. Por otra parte, el tribunal argentino puede
pedir a las autoridades españolas que sea juzgado en tribunales domésticos, ya
que una de las causas de la denegación de extradición es la nacionalidad del
imputado. Ya el ministerio público pidió, en su momento, que se abriera una
causa en España por estos delitos. Los querellantes solicitaran a la juez
Servini que exija su sometimiento a juicio en el Juzgado de lo penal de la
localidad de Zarautz, donde sucedieron los hechos. La juez Servini, cuando
también se le denegó la extradición de los pinochetistas responsables del
asesinato del general Prats, se dirigió a Chile para tomarles declaración,
entre un gran revuelo político y mediático. Al final se abrió causa contra
ellos en Chile. Quizá la juez, como ha insinuado en unas declaraciones a Radio
Euskadi, venga a España a tomarle declaración a Muñecas, a González Pacheco
–“Billy el Niño- y los otros imputados.
Publicado originalmente
en la Revista Rambla
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