Por:
LQSomos.
¿Qué más debe suceder para que el
Estado y la Guardia Civil reconozcan lo que nos hicieron?
Por
sexta vez, y de seguir así, no será la última, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) vuelve condenar a
España por no investigar suficientemente las denuncias de supuestas torturas
que han presentado tras su detención personas detenidas por pertenecer al
entorno de ETA. En este caso concreto se deberá indemnizar con 23.500 euros a
un joven detenido en enero de 2011, por su presunta integración en EKIN, el supuesto brazo político de la
organización. Si, es la sexta vez que España recibe una condena por no
investigar las denuncias de torturas, la SEXTA,
pero aquí no pasa nada.
El
recurrente, Javier Beortegui Martínez
denunció ser maltratado por cuatro guardias civiles durante el periodo en el
que permaneció en régimen de incomunicación bajo custodia policial tras ser
detenido por un presunto delito de pertenencia a la banda terrorista.
En
este caso, al igual que ha ocurrido con otros similares que han llegado al
tribunal de Estrasburgo, la Sala ha
declarado por unanimidad que se ha producido una violación del Convenio Europeo
de Derechos Humanos por una deficitaria investigación llevada a cabo por las
autoridades nacionales.
Además,
el Tribunal Europeo de Derechos Humanos
ha considerado como resultado de la falta de una investigación exhaustiva y
efectiva de las autoridades españolas, no existe suficiente evidencia para
determinar si el recurrente fue efectivamente sometido a una situación que
pudiera incurrir en la prohibición de tortura y trato degradante que prohíbe el
artículo número 3 del Convenio.
“Un código de conducta claro para los
funcionarios encargados de la supervisión”
El Comité para la Prevención de la Tortura
(CPT), a través de la Corte Europea insta al Estado Español a adoptar las
medidas recomendadas por la Comisión Europea por con el fin de mejorar la
calidad de forense como la implantación de reconocimientos médicos de
particulares en régimen de incomunicación bajo custodia policial.
En la
sentencia, se solicita también a España que elabore “un código de conducta claro para los funcionarios encargados de la
supervisión” de este tipo de detenidos con el fin de garantizar su
integridad física.
Javier Beortegui Martínez fue detenido la del 17 al 18 de
enero de 2011 en el contexto de una investigación judicial por un presunto
delito de pertenencia a EKIN. Según su denuncia, durante el viaje en coche tras
su detención fue objeto de amenazas e insultos y fue golpeado en la cabeza, los
testículos y las costillas por los cuatro agentes de la Guardia Civil que le
acompañaban. Asegura que las torturas siguieron durante su estancia en la sede del
Instituto Armado.
Añade
que tuvo que memorizar su declaración ante el juez de la Audiencia Nacional,
quien no acordó contra él ninguna medida cautelar y le dejó en libertad.
Denunció el supuesto maltrato ante un Juzgado de Pamplona, que lo archivó al no
encontrar pruebas. Aunque la Audiencia Provincial de Navarra solicitó una
investigación a fondo, no permitió al denunciante aportar todas las pruebas que
éste reclamaba para sostener su denuncia. Finalmente el Tribunal Constitucional no admitió su recurso de amparo.
El
Tribunal Europeo de Derechos Humanos reprocha al Juzgado de Pamplona haberse
limitado a examinar los informes de los expertos médicos forenses, la médico de
cabecera del solicitante y un psicólogo que lo había examinado, si bien rechazó
incluir en su instrucción las grabaciones de cámaras de seguridad en los
locales donde se había detenido y citar a los guardias civiles implicados.
Rechaza
que los casi cuatro meses que Beortegui tardó en denunciar lo ocurrido tras su
liberación pongan en duda la seriedad de esta denuncia e insiste en que, cuando
hay motivos razonables para creer que los actos de malos tratos se han
cometido, “las autoridades competentes del Estado tienen el deber de iniciar
una investigación de oficio sin demora”.
“EL USO DE LA TORTURA CONTRA LA
DISIDENCIA”
Por
otra parte en rueda de prensa organizada este pasado jueves 2, en Villava,
Javier Beortegui Martínez, acompañado por Gorka
Mayo y otros jóvenes que denunciaron malos tratos y vejaciones durante su
detención en enero de 2011, calificó las torturas como “actos execrables” y de “vulneración
de derechos humanos”, y se apoyó en una serie de citas de personalidades
que en los últimos años han advertido de que la actitud del Estado frente a las
denuncias de tortura ha sido, cuanto menos, cuestionable. Beortegi citó al juez
de la Audiencia Nacional José Ricardo de
Prada cuando afirmó que “la tortura
se ha producido de manera clara, y los tribunales muchas veces no han dado
respuesta como corresponde a un Estado de Derecho”. Una frase que pronunció
el pasado 14 de abril, y que además de la reprobación por parte de algunas
asociaciones de víctimas del terrorismo, le costó una petición de recusación en
la que la Fiscalía se mostró a favor.
Beortegi
calificó como “sentencia contundente”
la última de las resoluciones del TEDH, y se mostró sorprendido porque “en un
mismo procedimiento judicial contra seis personas existen dos sentencias
condenatorias contra el Estado: la de Xabier Beortegi y Patxi Arratibel y un
informe del Comité Europeo para la prevención de la tortura que da credibilidad
a nuestros testimonios de tortura”. Por eso, se preguntó: “¿qué más debe suceder para que el Estado y la Guardia Civil reconozcan
lo que nos hicieron?”.
Con
esta sentencia, Estrasburgo ha condenado
a España en seis ocasiones desde 2010 por no investigar suficientemente los
casos en los que se denuncian torturas o malos tratos. Por desgracia esta
historia continuará…
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