Texto
y fotos: Javier Coria
En el marco de la conmemoración del
75 aniversario del fusilamiento (octubre, 1940) del President de la Generalitat
de Catalunya, Lluís Companys, el Memorial Democrático y la Comisión de Memoria
Histórica y de Justicia Penal Internacional del Ilustre Colegio de Abogados de
Barcelona (ICAB) organizaron una mesa redonda con el título: “Justicia
universal, por los crímenes de la guerra civil, el franquismo y el nazismo”.
Los ponentes fueron la abogada Ana Messuti, en representación de la Querella
Argentina contra los Crímenes del Franquismo, y el también abogado Antonio
Segura, que investigó los crímenes contra españoles en los campos de
concentración nazis.
En
una sala repleta, la vicedecana del ICAB, Rosa María Barberà, y el director del
Memorial Democrático de la Generalitat, Jordi Palou-Loverdos, presentaron a los
ponentes que dieron una verdadera clase magistral sobre derecho penal
internacional y sobre la aplicación del principio de justicia universal en la
persecución de los crímenes de lesa humanidad. Por lo interesante de lo
tratado, además de dar cumplida noticia del evento en su día, hoy queremos traer
aquí un amplio resumen de lo expuesto por los ponentes.
La
primera en intervenir fue la abogada argentina Ana Messuti, que forma parte del grupo jurídico de los querellantes
españoles contra los crímenes del franquismo, causa 4591/10, que está
instruyendo la jueza María Servini De Cubría, en el Juzgado Nacional en lo
Criminal y Correccional Federal nº 1, de la República Argentina (Buenos Aires).
La llamada Querella Argentina comienza hace cinco años (el 14 de abril de 2010)
con la denuncia de Darío Rivas, argentino de origen gallego, que ahora tiene 95
años, y cuyo padre fue asesinado por
falangistas en 1936. La Querella investiga crímenes de lesa humanidad entre el
periodo del 17 de julio de 1936, hasta el 15 de junio de 1977, fecha de las
primeras elecciones democráticas en España. Se tuvo que acotar la denuncia de
los crímenes al periodo de la dictadura franquista, pero por todos es sabido
que en el postfranquismo, en la Transición, también se cometieron torturas y
asesinatos a manos de bandas parapoliciales, como lo era el comando que asesinó
a la joven estudiante Yolanda González en 1980, o las acciones de terrorismo de
Estado del GAL, que duraron hasta 1985, con el gobierno del PSOE, con Felipe
González como presidente. En España hay 114.000 reclamaciones de familiares de
desaparecidos en fosas comunes durante la guerra civil, y en las querellas se
han personalizado en 4.500 denunciantes hasta la fecha, 320 querellas
individuales y otras colectivas, como el caso de ayuntamientos, asociaciones y
partidos, como ERC y 47 cargos públicos del gobierno de la Generalitat de
Catalunya. Todos ellos reclaman una justicia no retributiva, sino restaurativa.
Todo comenzó un abril tricolor
Ana
Messuti es licenciada por la Universidad de Buenos Aires, especialista en
filosofía del derecho por la Universidad de Roma y doctora en derecho por la
Universidad de Salamanca, además de haber ejercido como funcionaria de las
Naciones Unidas en Viena y Ginebra. Messuti nos contó:
“Les voy hablar de las característica
de la causa y de las cosas que he aprendido en mi contacto con los
querellantes, en esta compleja trama de victimizaciones que uno tiene que
analizar con la querella por crímenes del franquismo. La querella se presentó,
ahora hace cinco años, el 14 de abril de 2010, y elegimos ese día no por
casualidad. Se presentó por crímenes: genocidio/lesa humanidad. La barra entre
las dos palabras que califican los crímenes de genocidio y lesa humanidad, yo
ya la eliminaría, porque son tanto crímenes de genocidio, como de lesa
humanidad. En los tribunales argentinos tuvimos una discusión sobre si es
genocidio la masacre y exterminio de grupos políticos, ya que es una
interpretación más amplia de la Convención contra el Genocidio. Sin embargo,
tenemos víctimas suficientes como para calificar ambos crímenes tal cual están
definidos en los instrumentos internacionales”.
Remitiéndonos
a la actuación en este asunto, tanto del gobierno del PP, como de la
judicatura, queda claro que España nunca va a juzgar a los imputados franquistas,
aún vivos, por crímenes y torturas durante la dictadura. Sobre la competencia y
obligación de los estados de perseguir estos crímenes nos dice la letrada:
“La competencia que se arroga la jueza
argentina y el tribunal argentino es la competencia de cualquier Estado, es
decir, es la Argentina como podía ser cualquier estado del mundo. En este
momento está interesado México en iniciar una querella por estos crímenes. Es
fundamental tener en cuenta que cualquier país está legitimado, pero no sólo
facultado, sino que está obligado a ocuparse y no dejar de investigar, al menos
investigar, los crímenes de lesa humanidad que se cometan. Las fronteras
territoriales no existen cuando se trata de los crímenes más graves. Cualquier
Estado del mundo está obligado a no dejar sin investigar los crímenes de lesa
humanidad.
España
no sólo no cumple este precepto de país democrático, sino que pone dificultades
para cumplirlo, como lo hizo con la reforma, liquidación para algunos, de la
Justicia Universal, que limita la actuación de los jueces españoles para
perseguir delitos cometidos en el extranjero. Dicha ley también fue
anteriormente reformada de forma restrictiva por el gobierno de Rodríguez
Zapatero, del PSOE. La reforma exprés, que fue hecha por el gobierno de Mariano
Rajoy a medida y gusto del gobierno de China que había sido denunciado por
ciudadanos españoles de origen tibetano, ha dejado a los jueces con las manos
atadas para perseguir, por ejemplo, algunos delitos de narcotráfico, lo que ha
llevado al Tribunal Supremo a calificar dicha reforma como “confusa”. También
es curioso que unos tribunales, como lo fueron los tribunales españoles, hayan
sido pioneros en la aplicación de la justicia universal en las causas de Chile
y Argentina, investigando, enjuiciando y condenando a más de mil años de
presión por crímenes de lesa humanidad, por ejemplo, al militar argentino
Adolfo Scilingo, uno de los autores de los “vuelos de la muerte”, y ahora se
niegue el amparo judicial a las víctimas españolas que denuncian crímenes como
esos. Sigue hablando Messuti:
Los estados como violadores de los
derechos humanos
“Nosotros tenemos que definir la
justicia a partir de la injusticia. Nos damos cuenta de lo que es la justicia
cuando sufrimos la injusticia. Para buscar qué es la jurisdicción
internacional, que es la que está ejerciendo la Argentina, tenemos que saber
cuáles son los crímenes internacionales que nos llevan a ejercer esta justicia,
que yo considero que es mejor calificar universal, que internacional. Es algo
que les parecerá curioso, pero los tribunales argentinos, cuando están juzgando
en estos momentos a los criminales contra la humanidad del régimen argentino de
la última dictadura militar, están ejerciendo la jurisdicción universal.
¿Cómo?, me pueden decir, porque se trata de víctimas argentinas, de victimarios
argentinos, territorio argentino… No hay punto de conexión con el derecho
internacional, pero ya estamos transcendiendo incluso el derecho internacional
entendido como el derecho entre estados, estamos más allá de ello, estamos en
un plano universal, por eso yo prefiero hablar de justicia universal, de
crímenes universales. ¿Y cuáles son esos crímenes que llevan a permitir y
obligar a los estados de toda la comunidad internacional a ocuparse de ellos?,
son los crímenes que revisten una gravedad tal, que la comunidad internacional
los rechaza abiertamente, que la comunidad internacional se siente repugnada
ante esos crímenes, y que no se podría aceptar continuar una vida de comunidad
si se aceptara que los estados cometieran esos crímenes. A veces pensamos que
los estados protegen al ciudadano, protegen los derechos humanos; los estados
no sólo pueden llegar a ser los principales violadores de los derechos humanos,
sino también pueden ser incapaces de proteger esos derechos humanos. Pueden
interpretar sus leyes de manera tal, que se vean con las manos atadas para
juzgar esos crímenes internacionales. Entonces, ¿qué vamos a hacer?, ¿vamos a
dejar tranquilamente que esos crímenes queden totalmente impunes?, ¿vamos a
limitarnos al derecho estatal? Ante esto surge la reacción de la comunidad
internacional toda. Partiendo de esta base, no nos tiene que extrañar que la
Argentina, que en este momento está juzgando a sus propios criminales, abra las
puertas de sus tribunales a las víctimas de otros países, de otros estados. Hay
un principio de coherencia, de comportarse como se tiene que comportar con sus
leyes, con su legislación, con su jurisprudencia y su Constitución. Porque hay
un artículo en la constitución argentina, que fue reformada en 1994, ya en
democracia, por el que se pueden aplicar directamente varios –hasta dieciséis- instrumentos internacionales
pro Derechos Humanos. Hay una jurisprudencia que sanciona ese tipo de crímenes,
y hay una ley que permite a las sociedades, a las asociaciones, presentarse
como querellantes; y eso es muy significativo, porque teníamos un movimiento social
importante con las Madres de Plaza de Mayo, y los hijos de los desparecidos, y
tantos sindicatos y grupos políticos que necesitaban expresar esa
insatisfacción ante la impunidad. Todos ellos han tenido y tienen la
posibilidad de ser querellantes, y así pasa con las asociaciones españolas. Los
lazos de solidaridad de nuestros pueblos están claros en la historia reciente,
ustedes conocen la trayectoria del movimiento de las Madres de Plaza de Mayo, y
nosotros conocimos el exilio republicano español”.
Se
habla de la querella argentina, ya que se sustancia en los tribunales
argentinos, pero no es en modo alguno una querella argentina, es una querella
presentada por ciudadanos españoles, y Ana Messuti nos recuerda los grupos de
víctimas y los tipos de crímenes de los que estamos hablando:
Desde las víctimas de los “paseos”,
hasta los “bebés robados”
“Las víctimas han sido víctima de
desapariciones forzadas que perduran en tanto el Estado no de razón del
paradero; una forma de victimización que se conoce como “paseos”, eran
asesinados y arrojados a fosas comunes o no enterrados. Torturas; fusilamientos
sin juicio previo; juicios sumarísimos sustanciados ante Consejos de Guerra sin
las mínimas garantías procesales; penas de presión en condiciones deplorables;
víctimas de trabajo esclavo, tenemos víctimas de robo de bebés, diversas formas
de maltrato y represión de niños en preventorios; exilio, las víctimas del
exilio, que no ha sido un exilo dorado, pensemos en los campos de concentración
en Francia, los campos de trabajo, el abandono y la entrega de ciudadanos
españoles a un régimen de extermino, lo que convierte al gobierno franquista en
cómplice del régimen nazi. De todos estos grupos hay querellantes en esta
causa. Hay una diversidad de formas de victimización, pero hay una unidad del
contexto donde se han producido estos crímenes, el régimen franquista, hay un
periodo de tiempo común, hay un territorio común. Pero las diversas formas de
victimización nos llevan a pensar que cada uno de estos grupos no entiende lo
mismo cuando hablamos de justicia. Quiero decir, que hay objetivos que se deben
lograr, hay el objetivo, por ejemplo, del que quiere recuperar los restos de
sus familiares para darles una digna sepultura, y no pueden señalarnos quién ha
matado a su familiar, no pueden señalar a un posible imputado, sin embargo esa
persona nos está reclamando algo en sede judicial, no lo está pidiendo a una
administración pública o a un cementerio, lo está pidiendo a un tribunal penal,
y tiene toda la razón, porque su familiar no ha muerto en un terremoto, ha
muerto asesinado, se trata de un delito. Ahora bien, ¿porque no tengamos un
imputado concreto no nos vamos a ocupar de él? Cuan injusto sería que el tiempo
transcurrido y aquella parte del crimen mismo que es el ocultamiento del hecho,
favorezca a la impunidad”.
Felipe Moreno, torturado por "Billy el niño". A su lado, de negro, la documentalista Montse Armengou
Las
víctimas de torturas que viven aún si que pueden, y así lo han hecho, señalar a
sus torturadores. En la sala, por citar sólo dos casos, estaban Felipe Moreno,
que pasó, en 1975, por las siniestras manos del policía Juan Carlos González
Pacheco, alias “Billy el niño”, reclamado por la jueza argentina y que la
justicia española ni lo extradita, ni lo juzga en nuestro país, como sería
preceptivo. Y también familiares, como Antonio Martos, hermano de Cipriano
Martos, el obrero de la construcción y militante antifranquista que fue
torturado hasta la muerte en un cuartel de la Guardia Civil, de la ciudad
tarraconense de Reus (Catalunya), corría el año 1973. La impunidad no es sólo
una falta de condena del verdugo o de reparación económica de la víctima, de
hecho hay querellantes que dicen que no buscan ni lo uno ni lo otro, que ni
siquiera les importa que alguien vaya a la cárcel. Para que la palabra justicia
se llene de contenido debe atender a los que buscan la verdad y que se les
reconozca su condición de víctimas. Incluso en el caso de aquellos victimarios
que ya no viven, debe investigarse, esclarecerse los hechos y dar una respuesta
al demandante de justicia. Como dijo Messuti, que con esta querella está
aprendiendo: “El derecho penal es más de
lo que creíamos, lo asociamos siempre a pena, cárcel…, el derecho penal es dar
una respuesta y mirar desde el punto de vista de la víctima”.
Antonio Martos, hermano de Cipriano Martos, el joven torturado hasta la muerte en Reus
Con un hueso de mi padre me moriría
tranquila
Entre
los querellantes que viajaron a Buenos Aires había una señora que, durante el
viaje, cumplió 89 años. Su testimonio conmovió a la jueza, que no es de
conmoverse. La anciana declaró ante la magistrada y le dijo que sólo quería
recuperar los restos de su padre: “Con
un hueso de mi padre me bastaría para poder morirme tranquila si me entierran
con él”. La querella argentina no puede garantizar la exhumación de las
víctimas enterradas en las cunetas o las fosas comunes, porque es otro
territorio y los problemas son muchos, pero la jueza María Servini se
comprometió en hacer todo lo posible para cumplir el deseo de la demandante.
Los restos se encontraban en el cementerio de Guadalajara, y había bastante
precisión sobre la ubicación de los restos, ya que los responsables del
cementerio tenían localizado el lugar. Se envió una comisión rogatoria desde
Argentina, pero el juzgado de Guadalajara demoró los trámites, para finalmente,
en un solo folio, denegar la exhumación. Esto es un ejemplo de lo que está en juego
en esta causa y de la falta de humanidad y ética jurídica, con contadas
excepciones, con el que se está tratando a estos ciudadanos españoles que se
vieron obligados a recurrir a otro país para reclamar justicia, para vergüenza
de la sociedad española.
Cuando
en 2013 fueron los primeros imputados a la Audiencia Nacional en Madrid, para
cumplir con el trámite de declarar si querían ser extraditados a Argentina,
tanto el fiscal, como el abogado defensor de los imputados, como el propio
tribunal -a los abogados argentinos no se les dejó intervenir-, hablaban el
mismo idioma jurídico, estaban del mismo lado. Como dijo Borges sobre los
argentinos y los españoles: “Todo un idioma nos separa”. Las torturas aisladas
prescriben, pero dentro de un régimen que ejerció sistemáticamente una
represión general contra los opositores políticos y lo ciudadanos en general,
ya no son delitos aislados, son crímenes de lesa humanidad.
Españoles en campos de concentración
nazis
Antonio Segura es abogado madrileño, y miembro del
equipo Nizkor. Nizkor es un verbo
judío que significa “los que nunca olvidamos”, y el equipo Nizkor es una
organización de Derechos Humanos y de Derecho Internacional presente en más de
noventa países que, entre otras cosas, se dedican a digitalizar documentación
oficial y toda clase de informes históricos que combaten el negacionismo. Y dan
amparo jurídico y solidaridad activa a las víctimas de vulneración de derechos
humanos y civiles. Segura fue uno de los artífices de la condena a Adolfo
Scilingo, y está personado en la Audiencia Nacional como acusación popular en
el caso Guatemala, representando a la Asociación contra la Tortura de dicho
país. También está personado en el caso del asesinato por militares
estadounidenses del cámara de televisión español José Couso, representando a la
Asociación Libre de Abogados, de la que Segura fue su presidente de 2002 a
2004. Entre otras querellas, Antonio Segura lleva la que denuncia a los
creadores de la prisión de Guantánamo. Con el citado grupo Nizkor, es acusación
particular en el procedimiento abierto en la Audiencia Nacional por el caso de
los españoles internados en Mauthausen y contra los guardianes y jefes del
campo de concentración.
Decano honorífico José Antonio Primo
de Rivera
Antonio
Segura se congratuló de que en Catalunya exista un Memorial Democrático en la
Generalitat, para luego decir: “Nosotros
en el colegio de abogados de Madrid tenemos como decano honorífico a José
Antonio Primo de Rivera. El año pasado teníamos a Francisco Franco, lo conseguimos
quitar en una asamblea, pero todavía no hemos podido quitar a José Antonio,
pero en ello estamos”.
“Vivimos en un país raro”
No es
un término jurídico, pero en verdad que vivimos en un Estado, un país muy raro:
“Cuando estás metido en la rareza,
cuando vives en ella no te das cuenta, porque la ves normal, pero si tienes la
suerte de tener un amigo jurista en otro país, en mi caso una amiga sueca, te dice
que no puede entender…, que cuando hace unos años se empezaron a construir
rotondas y los ensanches de las autovías y empezaron a aparecer restos humanos,
ella no podía entender, repito, por qué no aparecía un juez y un forense cuando
se descubría un cráneo perforado por una bala, muestra evidente para cualquier
penalista de que se ha cometido un crimen violento. Eso no ha pasado nunca en
este país, nunca ha habido un juez que se presentara en una fosa común para
investigar. ¿Tenemos unos jueces tontos?, claro que no, es una anormalidad
jurídica porque tenemos un régimen de impunidad perfectamente diseñado, por eso
ha durado tanto tiempo. Un sistema de impunidad apoyado por mucha gente, donde
los jueces han sido conniventes con esa impunidad, y los partidos políticos han
estado de acuerdo y han firmado pactos para que esa impunidad siga existiendo”.
“La guerra la ganamos nosotros”
Para
expresar lo dicho, Antonio Segura explica una anécdota muy esclarecedora:
“Cuando en 1997 empezamos lo de
Argentina, yo le presenté a un profesor de derecho internacional de mi
facultad… mira ésta construcción, los crímenes contra la humanidad, la
Constitución española reconoce que los tratados internacionales firmados por
España son de aplicación directa en España, aquí está la Convención del
Genocidio, aquí está la Convención contra la Tortura, por lo tanto a través del
artículo 23:4 se podía juzgar en España… el hombre me miraba muy atento, era ya
mayor, y me dijo: “La construcción jurídica, Antonio, es perfecta, pero la
guerra la ganamos nosotros”. Les juro que no lo entendí, y he tardado casi una
decena de años en entenderlo, que la guerra la ganaron ellos, y el problema es
que “ellos” siguen siendo ellos y están donde están”.
El abogado Antonio Segura
Crímenes ideológicos contra españoles
Antonio
Segura nos habló de la diferencia de los procedimientos en derecho
internacional, y por qué el proceso de Mauthausen es tan poco conocido y no
está tan publicitado como otros.
“Hay causas que aun sabiendo que no llegarán
a tener un resultado penal, sirven para dar conocimiento y publicidad a una
historia, el caso de la querella que se puso en España por las masacres de los
gobiernos chinos en el Tíbet es una muestra de ello. Pero el procedimiento que
llevemos nosotros exige rigor jurídico, y es muy importante la prueba que se
practica, y los tipos penales que se manejan, porque si cometemos el error de
utilizar tipos penales, en este caso tipos penales del ordenamiento interno, lo
que vamos a conseguir es todo lo contrario de lo que para nosotros pensamos que
estamos trabajando, que es para las víctimas; podemos sin querer consolidar el
sistema de impunidad logrando que se archive la causa o que haya condenas que
no sean efectivas y no condenen a los verdugos”.
El triángulo rojo
Abundando
en estas cuestiones, y la necesidad de definir bien los tipos penales, Antonio
Segura nos explicó por qué lleva en triángulo rojo invertido en su jersey:
“En la causa contra Scilingo tuvimos bastante
discusión en el tema crímenes contra la humanidad y genocidio. Hay que ser muy
riguroso. Lo que veis en mi pecho es un triángulo rojo (el que llevaban los
presos políticos en los campos), a los
españoles que estaban en Mauthausen no los mataron por ni por cuestiones
religiosas ni por cuestiones étnicas, los mataron por cuestiones exclusivamente
ideológicas, fue un crimen político, y eso se llama crímenes contra la
humanidad. Y esto no es caprichoso, porque podemos ir a un tribunal y que nos
diga que en España no hubo genocidio, porque no se mató por cuestiones étnica o
religiosas… fíjense la importancia del hecho”.
El derecho emanado de Núremberg
Continúa
Antonio Segura:
“A mí, en 1997, no me enseñaron estas
cosas del derecho internacional en la facultad, ahora sí se enseñan. En la causa
de Mauthausen, hemos utilizado la prueba
y el derecho emanado de Núremberg, y es muy importante saber que el derecho
internacional viene de un desarrollo de Núremberg, incluso de antes. Nosotros
utilizamos toda la carga probatoria que se utilizó en Núremberg, y en eso los
americanos lo tienen muy bien organizado, porque conservan toda la
documentación, que nosotros traducimos al castellano y se puede consultar en la
web de Nizkor”.
“Ahora podemos contar nuestro
objetivo último”
Para
que no se levantara la libre, como recuerda el dicho, los abogados de la causa
de Mauthausen no explicaron cuál era su objetivo último con la querella, cosa
que ahora nos explica Antonio Segura:
“Al principio no lo dijimos, pero
nuestra querella iba por el Estado español, por haber sido cómplice con el régimen
nazi y el régimen fascista italiano a la hora de exterminar a españoles en los
campos de concentración. Introducimos una prueba, junto a muchas más, que es el
memorándum del embajador alemán en Madrid, de 8 de agosto de 1940. En ese
memorándum se habla de las conversaciones del embajador con Franco y con
Serrano Suñer, “compañero” del ilustre colegio de abogados de Madrid. Yo le he
visto paseando por el colegio como si fuera un abogado ilustre, y lo que fue no
lo voy a decir porque no quiero ganarme una querella de sus familiares, pero lo
pueden leer en la documentación de la causa. Suñer es transcendental para
conocer lo que pasó en Mauthausen y para conocer el sistema de impunidad.
También presentamos la carta de Franco a Mussolini de 15 de agosto de 1940; la
nota de la conversación entre el führer y
el ministro del Interior Serrano Suñer, del 17 de septiembre de 1940; la carta
de Franco a Hitler, de 22 de septiembre de 1940; la carta de Suñer a Von
Ribbentrop, ministro de Hitler, del 10 de octubre de 1940; las notas de la
conversación de Franco con Hitler en Hendaya, del 23 de octubre de 1940… todas
esas pruebas están ahí, los alemanes son personas muy precisas y lo documentan
todo. Esto se aportó para documentar la relación del régimen de Franco con el
régimen nazi. También se aportó la lista de los presos españoles, nuestros
clientes, que estuvieron en los campos. Y las fichas de los imputados, cuando
entraron de servicio y las órdenes que ellos tenían. En esos informes se recoge
la vida en los campos, por ejemplo, cuando un guardián hacía correr a un preso
y le disparaba simulando una fuga, le daban siete días de permiso. Hasta ese
punto estaba la exactitud de las pruebas que presentamos”.
El
dictador Franco llegó a decir que “tras
los Pirineos no hay españoles”, por lo que además del triángulo rojo de
presos políticos, algunos republicanos españoles llevaban el triángulo azul, de
apátridas. Hasta eso les quiso arrebatar el régimen franquista.
Se admitió y luego se archivó el “caso
Mauthausen”
Esta
querella no había más remedio que admitirla a trámite, como así fue. La aceptó
el Juzgado Central número 2 de la Audiencia Nacional, de cuyo titular el juez
Ismael Moreno, nos dice Antonio Segura:
“Quédense con ese nombre, porque son
importantes los nombres, porque luego se mitifica mucho a otros jueces, y se
olvidan otros. Ismael Moreno, que luego archivó este procedimiento y ha
mantenido una posición de obstrucción, pero por lo menos mantuvo, él y el
fiscal, durante dos años parado el procedimiento, sin ningún tipo de motivación
y haciendo inefectiva, la posibilidad de tener ante nosotros a uno de los
imputados y poderlo juzgar. Admitida a trámite la querella, llegó el día
emocionante en que declararon los supervivientes, y era la primera vez que en
sesenta años que un tribunal español les escuchaba. Es verdad que sobre los
campos de concentración en España no se ha hecho mucho, aún estamos esperando
que un jefe del Estado vaya alguna vez a uno de los aniversarios de Mauthausen (donde estuvieron 7.000 españoles) o Auschwitz (1.200). Por ejemplo, “La Nueva”, la compañía de españoles que encabezaron la
liberación de París, desde 2004 (también tarde) son héroes en Francia, y estamos en 2015 y en España aún están
esperando el reconocimiento. Un presidente de la república española (Manuel
Azaña está enterrado en Montauban) está enterrado
en una ciudad de Francia y nadie se ha preocupado en ir a buscarlo y rendirle
honores de Jefe de Estado. Eso sí, al abuelo del actual rey lo enterraron en El
Escorial. Bueno, no quiero apartarme del caso. En la declaración de los
supervivientes, y tras el avance del procedimiento, se pidió la detención de
tres personas que estaban en EE.UU. y que nosotros sabíamos, aunque hay cosas
que no les puedo contar, que los americanos les habían retirado la nacionalidad
norteamericana porque se ha acreditado que pertenecieron a la SS “Totenkopf”.
En los tribunales de Núremberg, solamente por pertenecer a esta organización,
ya era delito, como organización criminal catalogada por el Derecho
Internacional. Dos de ellos, que tenían un buen abogado, mandaron informes
médicos diciendo que no estaban en condiciones mentales para ser juzgados. Pero
otro, John Demjanjuk, alias Iván el Terrible, le pedimos la extradición, pero
tenía nacionalidad alemana y Alemania se nos adelantó, pese a no haber hecho
nada hasta entonces. Pero Alemania lo reclamó por asesinatos, porque los
asesinatos en Alemania no prescriben, se le juzgó”. Se le condenó a 5 años
de cárcel por haber colaborado en el asesinato de 28.060 judíos en el campo de
Sobibor, pero nunca llegó a cumplir la condena. Demjanjuk, el asesino nazi,
murió en libertad a los 91 años en una residencia de ancianos, en marzo de
2012. Pero sigue Antonio Segura: “Unos
estaban gagás, otro se nos muere, pero luego está el caso que este sí es de
juzgado de guardia, y lo remarco. Se trata de Theodor Szehiskyj, que tenía sus
facultades en plena forma, que no lo podía reclamar Alemania porque es croata,
que no lo reclamaba nadie, y que también se le retiró la nacionalidad
norteamericana por pertenecer a las SS “Totenkopf”. Ampliamos la querella y lo
incluimos en ella. En vez de reclamar al imputado, las autoridades españolas le
encargan a la Guardia Civil que lo busquen. ¿Pero cómo?, si nosotros les
dijimos donde estaba, y que ya no era ciudadano norteamericano. Estamos hablando
del 2012, como era apátrida, ni si quiera se necesitaba una orden de
extradición, sino una orden de embarco, que las autoridades norteamericanas lo
metieran en un avión y ya está, pero al juez no se le ocurre mandar eso, y pide
una extradición. En fin, que este proceso de extradición se alargó en el
tiempo, y eso que un funcionario de la embajada de EE.UU. había ido al juzgado
para que les mandaran la orden de embarque, porque lo querían entregar. Y en
todo esto llegó la reforma de la ley de Justicia Universal y se archivó este
procedimiento. Todo estaba hecho, pero España no quiso traer a un imputado,
porque sabía que el tema de Mauthausen era poner en tela de juicio el régimen
de impunidad del franquismo. Eran y son españoles contra los que se ha cometido
un delito y no encuentran amparo jurídico, porque el Estado español fue
cómplice de ese delito, y es lo que no se quiere reabrir”.
El juez Baltasar Garzón guardó en un
cajón la querella al franquismo
Así
como hay jueces y fiscales que han puesto palos en las ruedas en los procesos
de los que estamos hablando, en la Audiencia Nacional ha habido jueces que han
mantenido votos particulares, y que Antonio Segura cita:
“Es verdad que en la Audiencia
Nacional hay jueces que han demostrado un buen conocimiento en estas materias y
han mantenido votos particulares como Ramón Sáenz Valcárcel, Marta Bayarri o Francisco
Javier de Prada. Quiero subrayar estos nombres porque no me parece justo que se
diga que el juez Garzón fue el que abrió los procesos del franquismo en España,
no es verdad. El juez Garzón admitió una querella en los juzgados españoles,
pero esa querella estuvo guardada durante mucho tiempo en un cajón. Y cuando,
por la oportunidad, el juez tuvo problemas por otras razones, se vio en la
necesidad de sacarla para sentirse arropado por el movimiento memorialista, la
sacó. Y no lo digo yo, lo dijo él, porque cuando fue al Supremo y le
preguntaron si él había realizado alguna gestión o algún acto para investigar
los crímenes del franquismo, él dijo que no, eso fue lo que dijo, y esos son
los hechos. Además a Garzón no se lo quitan del medio por el tema del
franquismo, se lo quitan del medio por unas escuchas ilegales que hace a unos
abogados, que es posible que hicieron cosas ilegales, sí a mí me parece muy
bien…, es por el tema de la Gürtel porque se lo quitan del medio”.
La
verdad es que la obstrucción a esta querella en España ya empezó con el
gobierno del PSOE de Rodríguez Zapatero, que creó un gabinete en la sombra para
gestionar estos casos, y luego se sacaría de la manga la Ley de la Memoria
Histórica. Luego el gobierno del PP, con Mariano Rajoy como presidente, reformó
limitando el llamado “título de viaje”, que era una fórmula para casos
humanitarios, donde los indocumentados y apátridas podrían viajar, era la
fórmula que los abogados querellantes habían solicitado para traer a los
imputados nazis a España. Sobre la Ley de Amnistía y la Ley de la Memoria Histórica
nos habla ahora Segura:
La Ley de Memoria Histórica limita la
investigación
“El régimen de impunidad se sustenta
en la Ley de Amnistía, como lo fueron en su día los sistemas de impunidad de
Argentina y Chile, diferentes a las de España, pero con el mismo objetivo, no
conocer y poder juzgar los crímenes contra la humanidad. Como la Ley de
Obediencia Debida y de Punto Final, o la Ley de Amnistía de Chile. En España el
muro para no investigar, es la Ley de Amnistía. Y es más, la Ley de Memoria Histórica
ha venido a poner una traba más para impedirlo, porque lo que está diciendo es:
vamos a administrativizar el tema de las fosas, y eso no se puede hacer, eso es
derecho penal, si no hay un juicio, esto no vale para nada. Entiendo a las
víctimas, que quieran que las administraciones les ayuden a recuperar a sus
familiares, pero el derecho internacional no lo entiendo, es que lo he
estudiado. Y lo que dice Naciones Unidas es que la reparación, la verdad y la
justicia, sobre todo la verdad, no puede ser a nivel individual, porque los
crímenes contra la humanidad es la memoria de un país, y si ese país no hace
juicio a las personas que han cometido esos crímenes está perdiendo su
soberanía, con el peligro de que esos crímenes se vuelvan a cometer. No sólo que
el familiar pueda recupera los restos de su familiar, la sociedad debe ser
garante de la justicia, porque además esas personas murieron luchando por
todos, no solamente luchando por su familia, luchando por la libertad, por la
república”.
Españoles en el Holocausto
Antonio
Segura terminó su parlamento recomendando un libro, Españoles en el Holocausto,
de David W. Pike. Y permítanme a mí terminar con esta reflexión:
La
Ley de Amnistía, con independencia de que se negociase en los despachos de los
partidos, y que formara parte de los pactos de silencio y olvido de la nada
modélica Transición, debe ser una ley nula, porque no deja de ser una ley
franquista, una ley pre-Constitucional. Como es obligatorio, para vivir en
plena democracia, se deben declarar nulas todas las sentencias de los Juicios
Militares, las sentencias del Tribunal de Orden Público del franquismo, donde
se juzgó ilegalmente y sin garantías procesales a miles de republicanos,
demócratas, estudiantes, sindicalistas, antifranquistas… Mientras el Tribunal
Supremo no anule esas sentencias, tendremos que colegir que la actual justicia
española da carta de naturaleza a la represión franquista, o por lo menos no la
condena con hechos, y no con meras declaraciones institucionales. Mientras no
se rompa con el régimen de 1978, no se podrá hacer justicia. No olvidemos que la
reparación viene de la justicia y de la verdad.
Publicado originalmente en la revista Rambla
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